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Fallo
de Sala IV
Derogan
requisitos ambientales
• Diferendo por impacto de fallo en plan petrolero
Vanessa
Loaiza
12
de febrero del 2002 |
La
Nación |
Desde el siete de febrero pasado, la Ley de hidrocarburos
perdió el texto en el que se establecían
los requisitos obligatorios de los estudios de impacto
ambiental, para actividades de exploración petrolera
y explotación de combustibles.
Ese día, la Sala IV declaró con lugar
una acción de inconstitucionalidad y anuló
los párrafos segundo y siguientes del artículo
41 de esta norma.
En estos apartados se establecía quiénes
son los responsables de un estudio de impacto ambiental,
una descripción del proyecto y cuáles
son sus efectos en la flora y fauna de una región.
También exigía información sobre
las medidas de mitigación y los planes de contingencia
para prevenir o controlar los efectos nocivos sobre
los ecosistemas marinos y terrestres.
La acción de inconstitucionalidad fue presentada
en diciembre anterior por la Asociación Justicia
para la Naturaleza, que se opone a la búsqueda
y explotación de hidrocarburos en el país.
El
texto completo del voto aún no ha sido redactado
por los magistrados de la Sala IV.
Satisfacción ambientalista
Sin embargo, por el momento se conoce solo la parte
dispositiva de la sentencia, que es vista con beneplácito
por grupos ambientales.
Rodrigo Alberto Carazo, de la Asociación de Lucha
Antipetrolera (Adela), dijo que este fallo es otro paso
más para pedirle a la Secretaría Técnica
Nacional Ambiental (Setena), que no apruebe el estudio
de impacto ambiental que permitiría la instalación
de una plataforma de exploración petrolera en
Moín, Limón.
Según Carazo, en 1993 la Sala IV había
declarado inconstitucional el párrafo segundo
del artículo 41, tras una consulta legislativa
de constitucionalidad.
No obstante, "la Asamblea Legislativa no acató
el pronunciamiento", dijo.
Eso le permite a los ambientalistas asegurar que cualquier
contrato firmado desde entonces y amparado en la Ley
de hidrocarburos, es "absolutamente nulo".
Un criterio contrario tiene el viceministro de Ambiente,
Iván Vincenti.
El jerarca asegura que aunque la sentencia tiene efectos
retroactivos a la fecha de vigencia de la ley, no afecta
los derechos adquiridos de buena fe.
Eso significaría que el contrato con la transnacional
Harken Energy para explorar en Limón se mantiene.
Vincenti insistió en que no es correcto de su
parte referirse a la resolución de la Sala, pues
todavía no conoce el fallo completo.
"Primero tengo que entender por qué la Sala
IV declara inconstitucional esa parte del artículo
y cómo va a operar la ley de ahora en adelante",
dijo.
Junto a esta resolución, en diciembre anterior
la Sala IV también declaró con lugar dos
amparos en contra de las exploraciones petroleras.
Uno de ellos ratifica que la Setena no cuenta con el
personal técnico y los recursos económicos
suficientes para aprobar los estudios de impacto ambiental.
"Estos fallos nos dan la razón de que ninguna
institución de Gobierno nos garantiza un medio
ambiente sano", afirmó Carazo.
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